Cita extranjería > Trámites > Autorización de familiares de estudiantes extranjeros en España
Cuando una persona extranjera decide venir a España para cursar estudios superiores, realizar investigaciones o participar en programas formativos, a menudo desea hacerlo acompañada de su familia. La legislación española contempla esta posibilidad a través de la autorización de estancia para familiares de estudiantes extranjeros, un permiso que permite a los cónyuges, parejas de hecho e hijos menores de edad o dependientes residir legalmente en España durante el mismo tiempo que el estudiante titular.
Este artículo explica de forma clara y sencilla en qué consiste esta autorización, quiénes pueden beneficiarse, qué requisitos deben cumplirse, cómo se solicita y qué derechos otorga. Todo está redactado con un lenguaje comprensible para que cualquier persona interesada, sin necesidad de conocimientos jurídicos, pueda entender el proceso y planificar correctamente su estancia en España.
La autorización de estancia para familiares de estudiantes extranjeros es un permiso que se concede a los familiares de ciudadanos no comunitarios que han obtenido en España una autorización de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas. Su finalidad es permitir que la familia pueda acompañar o reunirse con el estudiante durante el tiempo que duren sus estudios, garantizando que todos los miembros puedan vivir juntos en territorio español de manera legal.
Este permiso no debe confundirse con la reagrupación familiar que se solicita desde una autorización de residencia. En el caso de los estudiantes, no se trata de una residencia, sino de una estancia vinculada al permiso principal del titular. Por tanto, su duración, renovación y derechos dependen directamente del permiso de estudios concedido al estudiante.
Podrán beneficiarse de esta autorización los siguientes familiares:
El cónyuge o la pareja de hecho del estudiante, siempre que exista una relación acreditada y no esté disuelta legalmente.
Los hijos menores de 18 años, o mayores de esa edad si son dependientes económicamente y no pueden valerse por sí mismos debido a su estado de salud.
No se contempla la inclusión de otros familiares como padres, hermanos o tíos, salvo en circunstancias excepcionales y siempre bajo una autorización diferente.
Para poder tramitar esta autorización, deben cumplirse una serie de requisitos generales que aseguran que la estancia sea legal, viable económicamente y acorde a la finalidad principal del desplazamiento: acompañar al estudiante durante sus estudios.
En primer lugar, el estudiante extranjero titular debe disponer de una autorización de estancia por estudios válida o estar en proceso de obtenerla. El permiso del familiar está directamente ligado al de la persona que cursa estudios, por lo que no puede existir sin el primero.
El solicitante debe acreditar que cuenta con medios económicos suficientes para el mantenimiento de toda la familia durante la estancia en España. La normativa establece que el estudiante debe disponer del 100% del IPREM mensual para sí mismo (alrededor de 600 euros en 2025) y un incremento del 75% del IPREM por el primer familiar y del 50% del IPREM por cada uno de los siguientes. De esta forma, se garantiza que los acompañantes no necesitarán recurrir al sistema público de asistencia social durante su estancia.
Otro requisito indispensable es contar con un seguro médico público o privado que cubra todas las contingencias en España, sin copagos ni limitaciones. Este seguro debe ser válido para todos los familiares durante todo el período de estancia autorizado.
Además, tanto el estudiante como sus familiares deben carecer de antecedentes penales en España y en los países donde hayan residido durante los últimos cinco años, por delitos previstos en la legislación española. Este documento debe presentarse debidamente legalizado o apostillado y traducido al castellano.
También se requiere disponer de alojamiento adecuado para todos los miembros de la familia, lo que puede demostrarse con un contrato de alquiler, un título de propiedad o una carta de invitación válida.
Por último, los familiares no deben encontrarse en situación irregular en España ni tener prohibida la entrada en territorio nacional o en el espacio Schengen.
La solicitud de autorización de estancia para familiares de estudiantes extranjeros puede realizarse de dos formas diferentes: desde el país de origen o directamente desde España, dependiendo de la situación del estudiante y de sus familiares.
1. Solicitud desde el país de origen
Si el estudiante todavía no ha llegado a España o va a solicitar su visado de estudios, puede incluir en su solicitud a los familiares que le acompañarán. En ese caso, los familiares deben presentar su solicitud de visado en el Consulado de España en su país de origen al mismo tiempo que el titular.
Cada familiar deberá completar un formulario de solicitud de visado, aportar su pasaporte en vigor, fotografías recientes, certificado de matrimonio o nacimiento (según el caso), seguro médico, comprobante de medios económicos, y prueba de que el estudiante ha sido admitido en un centro de enseñanza autorizado.
Si la solicitud es aprobada, los familiares recibirán un visado de estancia por estudios familiar, que les permitirá entrar en España y residir durante el mismo período que el estudiante titular. Si la estancia supera los seis meses, deberán tramitar una tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en la oficina de extranjería de la provincia donde residan.
2. Solicitud desde España
En caso de que el estudiante ya se encuentre en España con una autorización válida de estancia por estudios, puede solicitar la autorización para sus familiares una vez establecido en el país. Este trámite se realiza ante la Oficina de Extranjería correspondiente al lugar de residencia, presentando el modelo oficial (EX–00), junto con la documentación acreditativa de la relación familiar, medios económicos, seguro médico y copia del permiso del estudiante.
El plazo para resolver la solicitud suele ser de 30 días hábiles, aunque puede extenderse dependiendo del volumen de trabajo de la oficina. En caso de no recibir respuesta dentro del plazo, se entiende desestimada por silencio administrativo.
Una vez concedida la autorización, los familiares deben solicitar la TIE en la Comisaría de Policía Nacional en un plazo máximo de 30 días, aportando huellas dactilares, fotografías y justificante del pago de la tasa correspondiente (modelo 790 código 012).
La duración de la autorización será la misma que la del estudiante principal, y se renovará al mismo tiempo que la de este, siempre que se mantengan las condiciones que dieron lugar a la concesión.
La autorización de estancia para familiares de estudiantes otorga una serie de derechos básicos durante su permanencia en España, aunque también impone ciertas limitaciones, ya que se trata de una estancia temporal vinculada al permiso del estudiante.
En primer lugar, los familiares tienen derecho a residir legalmente en España durante el mismo tiempo que el estudiante. Esto significa que pueden vivir, desplazarse dentro del país y acceder a servicios básicos como la sanidad, la educación o la apertura de una cuenta bancaria, siempre que cumplan con las obligaciones derivadas de su permiso.
En cuanto al trabajo, la normativa establece una diferencia según el tipo de familiar. Los cónyuges o parejas de hecho de estudiantes con estancia por estudios pueden trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia, siempre que obtengan la correspondiente autorización de trabajo. No obstante, el empleo no debe interferir con la finalidad principal de la estancia, que es acompañar al estudiante.
Los hijos, por su parte, pueden estudiar en España en centros públicos o privados, siempre que cumplan con la normativa educativa vigente. Si alcanzan la mayoría de edad y desean trabajar o seguir estudiando, deberán solicitar una modificación de su autorización a un permiso que lo permita, como una autorización de residencia por estudios o por trabajo.
Un derecho importante que ofrece esta autorización es la movilidad dentro del espacio Schengen, que permite a los familiares viajar a otros países europeos durante períodos cortos (hasta 90 días por semestre), siempre que su pasaporte y visado estén en vigor.
En cuanto a las renovaciones, deben presentarse dentro de los 60 días anteriores a la expiración de la tarjeta actual. Para la prórroga, se requiere demostrar que el estudiante sigue matriculado y cumpliendo sus estudios, que se mantienen los medios económicos y el seguro médico, y que no existen antecedentes penales ni irregularidades migratorias.
Cabe destacar que, una vez finalizados los estudios del titular, la autorización de los familiares deja de tener validez. Sin embargo, si el estudiante cambia su estancia por estudios por una residencia por trabajo o por prácticas profesionales, los familiares pueden solicitar la modificación de su permiso a una autorización de residencia como familiares de residente, manteniendo así su situación legal en España.
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