Autorización y renovación de permiso de residencia temporal
La residencia temporal por circunstancias excepcionales es un conjunto de autorizaciones previstas en la Ley Orgánica 4/2000 y en el Real Decreto 557/2011 para regularizar la situación en España de personas extranjeras en supuestos de especial vulnerabilidad o interés público. Entre ellas se encuentra el arraigo social, laboral, familiar o de formación, víctimas de violencia de género, víctimas de trata de seres humanos, personas con enfermedad grave y otros supuestos declarados de interés público.
Estas autorizaciones se conceden por un año (excepto el arraigo para la formación, que se concede por entre 12 y 24 meses) y llevan aparejada la habilitación para trabajar. A los doce meses se puede renovar si se siguen cumpliendo los requisitos o se han transformado en una residencia ordinaria.
El trámite se materializa en un visado D (si se pide desde el exterior) o en una tarjeta de identidad de extranjero (TIE) cuando el extranjero ya se encuentra en España.
Cómo hacer el trámite
Presentación de la solicitud con el formulario EX-10 o EX-12 (víctimas de trata de personas) ante la Oficina de Extranjería de la provincia de residencia. Puede hacerse electrónicamente a través de la plataforma Mercurio con certificado digital o de manera presencial en registro público.
Pago de la tasa 790-052 (epígrafe 2.5 "Autorización de residencia por circunstancias excepcionales") dentro de los 10 días hábiles siguientes a la admisión.
Emisión de informe y entrevista: informe de arraigo social del ayuntamiento, informe de integración autonómica, informe de la Inspección de Trabajo o informe policial (víctimas).
La resolución se produce en un plazo máximo de 3 meses; el silencio administrativo es desestimatorio.
Obtención de visado si se tramitó en consulado o toma de huellas EX-17 para expedir la TIE (tasas modelo 790-012 epígrafe 4.4).
Renovación
Se solicita con formulario EX-10 durante los 60 días previos a la caducidad o dentro de los 90 posteriores (con posible sanción leve).
Para la renovación de debe acreditar medios de vida y, según el caso, contrato laboral o justificante de continuidad de estudios o formación.
La renovación suele concederse por dos años y habilita a trabajar sin restricciones.
Tras cinco años de residencia continuada se puede solicitar la redidencia de larga duración.
Modalidades y requisitos
Para todas las modalidades de autorización se deben cumplir una serie de requisitos comunes:
Tener pasaporte en vigor o presentar prueba de la imposibilidad de obtenerlo.
No tener antecedentes penales en los últimos 5 años por delitos tipificados en España.
No tener prohibición de entrada en España ni periodo de no retorno.
Para la renovación, se deben demostrar cotizaciones a la Seguridad Social, recursos económicos o superación de las pruebas de formación.
Cada tipo de autorización debe cumplir también unos requisitos específicos.
Arraigo social
Demostrar empadronamiento continuado en España de al menos 2 años
Informe de integración social emitido por el ayuntamiento del lugar de residencia
Contrato laboral de al menos 30 horas semanales durante 1 año o disponer de medios propios
No tener antecedentes penales en España y su país de origen durante los 5 años anteriores a la solicitud.
Arraigo laboral
Permanencia continuada en España de al menos 2 años
Demostrar una relación laboral de al menos meses
Carecer de antecedentes penales.
Arraigo familiar
Padre o madre de menor español o ciudadano de la Unión Europea o hijo de progenitor español de origen.
Arraigo para la formación
Estancia continuada en España superior a 2 años
Disponer de matrícula de estudios en centro público o privado autorizado para la cualificación laboral
Compromiso de iniciar la formación en un período máximo de 6 meses.
Razones humanitarias
Ser solicitante de asilo denegado con imposibilidad de retorno seguro, o sufrir una enfermedad grave o ser víctima de delitos de odio.
Ser víctima de violencia de género o trata de seres humanos.
Presentar denuncia u orden de protección o informe fiscal o policial.
Documentación
Original y copia del formulario EX-10.
Original y copia legalizada de Pasaporte completo en vigor.
Justificante de pgo de la tasa 790-052.
Certificado de antecedentes penales del país de origen que incluya los últimos 5 años (legalizado y traducido al español).
Histórico de empadronamiento en España.
3 fotografías iguales, recientes, con fondo blanco tamaño carné.
Justificante de medios económicos: contrato laboral, alta autónomos, plan de negocio, extractos bancarios o beca.
Informe de arraigo social, laboral, policial, etc. según modalidad.
Si no se ejerce actividad laboral, disponer de seguro médico público o privado con cobertura equivalente al sistema de salud español
Tasas e impresos
Autorización inicial
Modelo 790-052 (epígrafe 2.5)
Importe de la tasa: 38,28 euros
Pago en bancos colaboradores o telemático en la sede del Ministerior de Política Territorial
Renovación
Modelo 790-052 (epígrafe 2.3)
Importe de la tasa: 16,08 euros
Pago en bancos colaboradores o telemático en la sede del Ministerior de Política Territorial
Toma de huellas TIE
Modelo 790-012 (epígrafe 4.4)
Importe de la tasa: 17,32 euros
Pago en bancos colaboradores o telemático en la sede del Ministerior de Política Territorial
Reúne todas las pruebas necesarias antes de presentar la documentación: contratos firmados, certificados oficiales y facturas acrediten la permanencia e integración.
Demostrar arraigo social: el contrato debe tener una duración mínima de un año y ser a jornada completa; en actividades agrícolas son válidos dos contratos de 6 meses.
Demostar arraigo laboral: las denuncias ante Inspección de Trabajo deben haberse resuelto; adjuntar acta liquidada.
Víctima de violencia de género: si eres víctima de violencia de género no es necesario que esperes a que se emita sentencia firme, basta con tener orden de protección o informe fiscal.
Formación: elige cursos que conduzcan a un certificado de profesionalidad; las academias deben poder emitir carta de matrícula.
Reserva cita previa: en muchas provincias, la plataforma abre plazas a las 0:00; presta especial atención a períodos de vacaciones escolares, ya que se suelen liberar huecos.
Renueva con antelación dentro de los 60 días previos al vencimiento. Así evitarás sanciones y conservarás tus derechos laborales.
Si tienes que salir del país, solicita autorización de regreso si tu TIE caduca mientras te encuentras fuera del país.
Consigue asesoría gratuita: si necesitas ayuda para validar tu expedente, puedes acudir a ONG (CEAR, Cáritas, ACCEM) o colegios de abogados.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Puedo cambiar de modalidad al renovar? Si cumples los requisitos para residencia y trabajo normal, por cuenta ajena o por cuenta propia, puedes solicitarla en lugar de prorrogar el arraigo.
¿Qué pasa si me deniegan? Si te la deniegan puedes presentar recurso de reposición en 1 mes o recurso contencioso-administrativo en 2 meses. El silencio adeministrativo significa que la solicitud ha sido desestimada.
¿Necesito visado para entrar tras la concesión del permiso? Si ya estabas en España, basta con la resolución y TIE. Si estás fuera, el consulado emite visado D.
¿Se computa el tiempo con arraigo para nacionalidad? Sí, salvo arraigo para la formación, que se toma en cuenta desde la residencia laboral posterior.
¿Se devuelve el importe de la tasa si deniegan la autorización? No, salvo que sea por error imputable a la Administración.
citaextranjeria.com es una guía con los datos de contacto de las oficinas de extranjería y toda la información necesaria para resolver tus trámites. No somos un organismo oficial ni gestionamos las citas previas, solo ofrecemos información sobre trámites y una guía para ayudarte a reservar tu cita. Citaextranjeria.com es un portal independiente no gestionado por ningún organismo oficial.