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Arraigo para la formación: qué es y cómo solicitarlo

El arraigo para la formación es una de las modalidades más recientes de la autorización de residencia por circunstancias excepcionales en España. Se trata de un permiso creado para permitir que las personas extranjeras en situación irregular puedan regularizar su situación legal a través de la formación profesional.

Esta figura fue incorporada mediante la reforma del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 629/2022, de 26 de julio), con el objetivo de fomentar la integración laboral y social de los extranjeros en España y cubrir la creciente demanda de profesionales cualificados en determinados sectores.

En este artículo te explicamos, con un lenguaje sencillo y actualizado, qué es el arraigo para la formación, quién puede solicitarlo, qué requisitos hay que cumplir y cómo se tramita paso a paso.


Qué es el Arraigo para la Formación

El arraigo para la formación es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite a las personas extranjeras que viven en España sin papeles obtener una residencia legal durante 12 meses para realizar estudios o formación profesional que mejore sus posibilidades de inserción laboral.

A diferencia de otros tipos de arraigo, este no requiere tener vínculos familiares ni un contrato de trabajo previo, sino el compromiso de formarse en una actividad profesional que esté relacionada con las necesidades del mercado laboral español.

El permiso se concede por un año, prorrogable por otro año más si la formación aún no ha finalizado o si el estudiante está en proceso de encontrar empleo. Durante ese tiempo, el titular no puede trabajar, pero al completar la formación puede modificar su autorización a una residencia y trabajo si encuentra un empleo o inicia una actividad profesional.

El espíritu de este tipo de arraigo es facilitar que las personas extranjeras puedan formarse en sectores con alta demanda, como la hostelería, la construcción, la sanidad, la tecnología o el transporte, y posteriormente acceder al mercado laboral de manera legal y regulada.

Además, representa una oportunidad para miles de extranjeros que llevan años en España sin papeles, ya que les permite regularizar su situación sin necesidad de tener un contrato laboral previo, algo que antes era una barrera importante para muchos.


Requisitos para solicitar el Arraigo para la Formación

Para poder acceder a este tipo de residencia, el solicitante debe cumplir una serie de requisitos específicos establecidos por el Reglamento de Extranjería y la Instrucción SEM 1/2022, que regula su aplicación práctica.

El primer requisito fundamental es haber residido de manera continuada en España durante al menos dos años antes de la solicitud. Esta permanencia debe demostrarse mediante documentos oficiales, como certificados de empadronamiento, facturas, recibos médicos o cualquier prueba que acredite la presencia constante en el país.

Además, el solicitante debe carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años. Este certificado debe presentarse debidamente legalizado o apostillado y, si procede del extranjero, traducido oficialmente al español.

Otro requisito importante es comprometerse a realizar una formación oficial. Esto significa que, al presentar la solicitud, el extranjero debe haber matriculado o preinscrito en un curso o programa formativo reconocido por el sistema educativo español o autorizado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

La formación elegida debe estar orientada a mejorar la empleabilidad del solicitante y facilitar su incorporación al mercado laboral. Entre las opciones válidas se incluyen:

  • Ciclos de Formación Profesional (Grado Medio o Superior).

  • Certificados de profesionalidad registrados en el SEPE.

  • Cursos de formación ocupacional o de capacitación en sectores con alta demanda.

  • Programas de formación universitaria o técnica en centros acreditados.

También se exige contar con medios económicos suficientes para mantenerse durante el periodo de residencia, ya que esta autorización no permite trabajar mientras se estudia. En términos prácticos, se considera suficiente disponer del 100 % del IPREM mensual, que en 2025 equivale a unos 600 euros al mes, o su equivalente anual.

Por último, el solicitante debe contar con un seguro médico público o privado con cobertura total en España y presentar el justificante del pago de la tasa 790 código 052, seleccionando la opción “autorización de residencia por circunstancias excepcionales” (importe aproximado: 10,94 euros).

Cumplir con estos requisitos es esencial para que la solicitud sea aceptada por la Oficina de Extranjería.


Cómo tramitar el Arraigo para la Formación paso a paso

El trámite para solicitar el arraigo para la formación se realiza ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde reside el solicitante. Puede hacerse de forma presencial, con cita previa, o telemáticamente, a través de la plataforma Mercurio, si se dispone de certificado digital.

El procedimiento comienza con la presentación del formulario EX-10, disponible en la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (https://extranjeros.inclusion.gob.es). Este documento debe cumplimentarse correctamente, marcando la casilla correspondiente a “autorización de residencia por circunstancias excepcionales – arraigo para la formación”.

Junto con el formulario, el solicitante debe presentar la siguiente documentación:

  • Pasaporte completo y en vigor, con copia de todas las páginas.

  • Certificado de antecedentes penales del país de origen o de residencia anterior.

  • Certificado de empadronamiento histórico, que acredite los dos años de residencia continuada en España.

  • Compromiso o matrícula de formación expedido por el centro educativo o el SEPE.

  • Seguro médico vigente con cobertura total.

  • Justificante del pago de la tasa 790 código 052.

En caso de no haber completado la matrícula en el momento de la solicitud, se permite presentar un compromiso de inscripción, aunque en ese caso la matrícula deberá formalizarse dentro de los tres meses siguientes a la concesión del permiso.

Una vez presentada la solicitud, la Oficina de Extranjería tiene un plazo de tres meses para resolver. Si no se recibe respuesta en ese periodo, la solicitud se considera estimada por silencio administrativo positivo, lo que significa que se concede automáticamente.

Si la resolución es favorable, el extranjero obtiene una autorización de residencia temporal por un año. Durante este tiempo, deberá cursar y finalizar con aprovechamiento la formación elegida.

Una vez finalizada, y siempre que encuentre un empleo relacionado con la formación cursada, el titular podrá solicitar la modificación de su permiso a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia, sin necesidad de regresar a su país de origen.

El cambio de residencia a trabajo debe solicitarse dentro del año posterior a la finalización de la formación, presentando un contrato laboral o documentación que demuestre el inicio de una actividad profesional.

Si el curso dura más de un año, o si el solicitante no ha podido completar la formación dentro del plazo inicial, puede solicitar una prórroga de 12 meses adicionales, aportando la matrícula o la justificación correspondiente.

El arraigo para la formación se ha convertido en una de las vías más ágiles y efectivas para regularizar la situación de las personas extranjeras en España, al tiempo que fomenta su integración laboral y social.


Beneficios del Arraigo para la Formación

El arraigo para la formación no solo ofrece una oportunidad legal de residencia, sino que también representa una puerta de acceso al empleo y a la estabilidad para miles de personas que viven en España sin documentación.

Entre sus principales ventajas destaca que no exige tener un contrato de trabajo para solicitarlo, lo que lo hace más accesible que otras modalidades de arraigo. Además, ofrece una vía directa para obtener una residencia y trabajo una vez completada la formación.

Durante el periodo de residencia, el titular tiene derecho a vivir legalmente en España, empadronarse, acceder al sistema sanitario y participar en cursos o programas de empleo gestionados por el SEPE o las comunidades autónomas.

El tiempo pasado bajo esta autorización cuenta como residencia legal en España, lo que significa que puede computarse para futuras solicitudes de residencia de larga duración o nacionalidad española.

También tiene un impacto positivo en la sociedad española, ya que contribuye a reducir la economía sumergida y a formar mano de obra cualificada en sectores que necesitan personal, como la hostelería, la atención sanitaria o el transporte.

El arraigo para la formación ha sido reconocido por expertos y autoridades como una herramienta eficaz para favorecer la integración social y laboral de los inmigrantes y dar respuesta a las necesidades reales del mercado de trabajo en España.

 

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