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El Formulario EX-08 se utiliza para renovar o prorrogar una autorización de residencia por estudios, prácticas, voluntariado o movilidad de estudiantes. Es el formulario que deben presentar los extranjeros no comunitarios que quieren continuar su estancia legal en España más allá del periodo inicial concedido, siempre con fines formativos o académicos.
Este modelo forma parte del conjunto de impresos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que regulan las distintas situaciones administrativas de los ciudadanos extranjeros en España. Rellenarlo correctamente es fundamental, ya que cualquier error puede retrasar o incluso invalidar la solicitud.
El modelo EX-08 es un formulario oficial de extranjería que se utiliza para prorrogar la estancia legal en España por estudios, prácticas no laborales, movilidad de estudiantes o programas de voluntariado.
Es el documento que deben presentar los extranjeros que ya cuentan con un permiso de estancia por estudios o formación y quieren extender su duración para continuar con su formación.
Este formulario está regulado por el Reglamento de Extranjería (Real Decreto 557/2011) en sus artículos 37 y siguientes, que establecen las condiciones para la prórroga de la estancia de estudiantes.
El EX-08 se utiliza, principalmente, en los siguientes casos:
El formulario EX-08 es, por tanto, el documento necesario para mantener la situación legal en España durante la ampliación de la estancia, evitando sanciones o la pérdida del estatus de estudiante.
Este modelo también se puede utilizar para solicitar la autorización de familiares de estudiantes extranjeros, como cónyuges o hijos menores de edad que acompañan al solicitante principal durante su estancia.
Antes de rellenar el formulario EX-08, es importante cumplir con los requisitos básicos establecidos por la normativa de extranjería.
El primero y más importante es haber sido titular de una autorización de estancia por estudios, investigación, movilidad o voluntariado en vigor. La solicitud de prórroga debe presentarse al menos 60 días antes de la fecha de caducidad de la autorización actual, aunque también puede hacerse dentro de los 90 días posteriores, aunque con riesgo de sanción.
El segundo requisito es demostrar que se siguen cumpliendo las condiciones que dieron lugar a la autorización inicial, es decir:
Además, se exige que el estudiante haya superado las asignaturas o créditos exigidos en su plan de estudios o haya cumplido con las condiciones académicas mínimas del programa anterior.
La documentación que debe acompañar al formulario EX-08 incluye:
Toda la documentación debe presentarse en original y copia, y los documentos extranjeros deben estar legalizados o apostillados y, si es necesario, traducidos oficialmente al español.
El formulario EX-08 consta de tres páginas y está dividido en varios apartados que deben completarse con atención. Cualquier error puede hacer que la Oficina de Extranjería requiera una subsanación o rechace la solicitud.
En el primer apartado, se introducen los datos personales del solicitante: nombre completo, sexo, nacionalidad, fecha y lugar de nacimiento, número de pasaporte o NIE, domicilio en España, teléfono y correo electrónico. Es fundamental que los datos coincidan con los del pasaporte y la TIE actual.
En el segundo apartado, se deben indicar los datos del representante legal, si el trámite se realiza a través de una gestoría o abogado. Si el estudiante presenta la solicitud personalmente, este apartado puede dejarse vacío.
El tercer apartado corresponde al tipo de autorización que se solicita. En este punto, el interesado debe marcar la opción correcta, que puede ser:
En algunos casos, se puede incluir una breve descripción del motivo de la solicitud, por ejemplo: “ampliación de estudios universitarios” o “participación en programa de prácticas profesionales”.
El cuarto apartado recoge la dirección a efectos de notificaciones, donde se debe indicar el domicilio donde se recibirán las comunicaciones de la Oficina de Extranjería. Es recomendable incluir también un correo electrónico y un número de teléfono móvil.
Finalmente, el solicitante debe firmar y fechar el formulario. Si el trámite se realiza telemáticamente, la firma se hace de forma digital mediante certificado electrónico, sistema Cl@ve PIN o firma reconocida.
Una vez completado, el formulario debe imprimirse (si se presenta en papel) o guardarse en formato PDF para adjuntarlo junto con el resto de la documentación en la presentación electrónica.
El formulario EX-08 puede presentarse presencialmente o por vía telemática.
Si se presenta de forma presencial, el estudiante debe pedir cita previa en la Oficina de Extranjería de la provincia donde reside. El día de la cita, deberá entregar el formulario EX-08 junto con toda la documentación exigida y el justificante de pago de la tasa 790 052.
En caso de que la solicitud se realice por vía telemática, puede hacerse a través de la plataforma Mercurio del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o mediante una asesoría o abogado que cuente con certificado digital.
La vía telemática es la más recomendada, ya que permite ahorrar tiempo, evitar desplazamientos y recibir el justificante de registro de inmediato.
Una vez presentada la solicitud, la Oficina de Extranjería tiene un plazo de tres meses para resolver. Si no se recibe respuesta dentro de ese periodo, se entiende denegada por silencio administrativo, aunque en la práctica muchas oficinas resuelven antes. Si la resolución es favorable, el estudiante podrá continuar su estancia en España por el tiempo indicado en la resolución, normalmente un año adicional.
En caso de denegación, el interesado puede presentar un recurso de reposición o contencioso-administrativo en los plazos establecidos por la ley.
Después de la concesión, el siguiente paso es acudir a una Comisaría de Policía Nacional para tomar huellas y renovar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Para ello, se debe pagar la tasa 790 código 012, llevar una fotografía reciente, el pasaporte y la resolución favorable.
El nuevo TIE tendrá una vigencia igual al periodo de prórroga aprobado.
Uno de los errores más comunes es presentar el formulario EX-08 fuera de plazo o sin pagar la tasa 790 052, lo que puede provocar el archivo de la solicitud. También se debe evitar dejar casillas en blanco o firmar con una fecha incorrecta.
Por este motivo, muchas personas optan por realizar el trámite a través de una asesoría especializada en extranjería, que se encarga de revisar la documentación y presentar la solicitud de manera correcta.
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