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Infracciones de ciudadanos extranjeros en España

A efectos sancionadores, la Ley Orgánica 4/2000 y su reglamento distinguen tres tipos de infracciones administrativas que pueden cometer los ciudadanos extranjeros (y, en algunos casos, quienes les emplean o transportan).

Estos son los principales tipos de sanciones que define el Ministerio del Interior:

Sanciones leves

Son incumplimientos formales que no generan riesgo importante para el orden público.

Multa: de hasta 500 euros.

Ejemplos:

  • No comunicar en tiempo y forma cambios de nacionalidad, estado civil o domicilio.
  • Solicitar la renovación de la autorización de residencia con hasta 3 meses de retraso.
  • Trabajar en una ocupación o provincia no autorizada cuando se tiene residencia temporal.
  • Empresario que ocupa a un extranjero habilitado para trabajar pero lo hace fuera del ámbito geográfico autorizado.

Sanciones graves

Son conductas que afectan a la situación legal de residencia o trabajo, o suponen incumplimientos reiterados.

Multa: de 501 € a 10 000 € e incluso cese temporal de la empresa si se contrata mano de obra sin autorización.

Ejemplos:

  • Estar en situación irregular (con estancia vencida o caducada hace más de 90 días sin haber iniciado los trámites de renovación).
  • Trabajar sin autorización cuando no se tiene residencia válida.
  • Ocultar o falsear datos del domicilio, nacionalidad, padrón o integración.
  • Incumplir medidas de alejamiento o presentación periódica en un juzgado.
  • Salir de España por puestos no habilitados o sin documentos.
  • Comisión de tres infracciones leves en el plazo de un año.

Sanciones muy graves

Son hechos que comprometen la seguridad nacional, fomentan la inmigración ilegal o muestran ánimo de lucro.

Multa: de 10 001 € a 100 000 €, incautación de los medios usados para la infracción, suspensión de actividad de transportistas, etc.

Ejemplos: 

  • Actividades contrarias a la seguridad nacional u orden público (muy graves en Ley 4/2015).
  • Favorecer o lucrarse con la inmigración ilegal o la estancia irregular en España.
  • Discriminación por motivos de raza, étnicos o religiosos.
  • Contratar a extranjeros sin ninguna autorización de residencia o trabajo (uno por cada trabajador).
  • Matrimonio simulado o relación laboral falsa con ánimo de lucro.
  • Incumplir repetidamente la obligación de los transportistas de comprobar la documentación de sus pasajeros.

La Administración valora loos antecedentes, la gravedad de los hechos y la capacidad económica antes de fijar la cuantía de la multa.

La reincidencia en faltas leves o graves en un plazo de 12 meses eleva la gravedad de la infracción a la categoría superior.